sábado, 22 de mayo de 2010

HISTORIA DEL PARTIDO CAMBIO RADICAL

Es un partido político colombiano de centro-derecha, que hace parte de la coalición de partidos que apoyan el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez. Es uno de los partidos políticos más afectados por sus presuntos nexos con paramilitares, hasta abril de 2008 por orden de la Corte Suprema de Justicia y de la Fiscalía han sido detenidos siete congresistas de esta agremiación política y otros más están siendo investigados dentro del llamado escándalo de la parapolítica.

HISTORIA
Los orígenes del movimiento Cambio Radical se remontan al año de 1998, cuando un grupo de ex galenistas se separaron del Partido Liberal Colombiano para fundar una organización política con el objetivo de dar un cambio político radical al país.
Tras su fundación el partido apoyó la candidatura del ex fiscal general Alfonso Valdivieso, que rápidamente retiró su aspiración para apoyar a Andrés Pastrana.
En las elecciones legislativas de ese año, el partido ganó dos curules para la Cámara de Representantes, y respaldó las aspiraciones de los candidatos Claudia Bum y Jairo Enrique Merlino, (quien años más tarde sería uno de los primeros parlamentarios detenidos por el escándalo de la Parapolítica).
En 2002, apoyó la candidatura presidencial de Álvaro Uribe Vélez, y paso a integrar la coalición de gobierno tras el triunfo de Uribe. Posteriormente fue incorporado el movimiento Colombia Siempre que lideraba el senador Germán Vargas Lleras, quien asumió la jefatura del partido.
En las elecciones parlamentarias del 12 de marzo de 2006, obtuvo 15 escaños en el Senado y 21 de la Cámara de Representantes. En estos resultados, Vargas Lleras fue el candidato con mayor votación en las elecciones de Senado.

CÓDIGO DE ETICA
El comité central del partido cambio radical colombiano en uso de sus atribuciones que le confiere el artículo décimo de sus estatutos, en particular en el literal(a) acuerda:
Artículo primero. - Adoptase el siguiente Código de Ética del Partido que servirá como guía, dentro de la autonomía de la voluntad, para el ejercicio de la política por parte de la organización y de cada uno de sus miembros, acorde con los principios y valores éticos derivados de un irrestricto respeto a los derechos humanos. Su observancia será vigilada por el Veedor del Partido y evaluada por el Consejo de Control Ético, en los términos previstos por la ley 130 de 1994 y en este mismo Código.
Artículo segundo. El ejercicio de la actividad política del Partido y de sus integrantes está orientado a conseguir los propósitos contenidos en la Plataforma y el Programa de Gobierno adoptados por el Partido, con estricta sujeción a los principios de la moral social y en particular dentro del siguiente marco axiológico.
a) Actuar con total honestidad para rechazar toda conducta indigna de un miembro del Partido o de los demás conciudadanos, con una fidelidad irrestricta a la verdad.
b) Obrar con el valor necesario para conseguir los ideales de la colectividad y de la sociedad colombiana incluidos en su Plataforma de combatir la corrupción y la concentración ilícita de la riqueza, erradicar la pobreza y la violencia, alcanzar la paz, rechazar los vicios clientelistas de la política, hasta conseguir plenamente un cambio de rumbo al país.
C) Controlar con sobriedad y templanza toda ambición personal o de grupos al interior del Partido, que lleguen a resultar contrarios al interés general.
d) Observar una justicia distributiva y conmutativa en toda acción, opinión o juicio de valor, mediante una estricta equiparación de todos los individuos, honrando la condición de pluralista adoptada por el Partido y su propósito exclusivo de trabajar en bien de la comunidad
Artículo tercero. - El Consejo de Control Ético del Partido tiene como propósito y, por mérito de la ley, la atribución dj colaborar en la consolidación de la moral pública mediante el examen de la conducta y la actividad que cumplan sus miembros dentro de la organización o como servidores públicos o en el desempeño en las Corporaciones Públicas de elección popular. Le corresponde pronunciarse sobre la actividad de los miembros en los siguientes casos:
1) Cuando infrinjan los estatutos del Partido, especialmente lo dispuesto en el ARTÍCULO SÉPTIMO – deberes.
2) Cuando infrinjan las normas éticas expresamente señaladas en este código y cualquiera de las que la moral social y la moral política reconocen como tales.
3) Cuando incurra en hechos que atenten contra la buena fe o los generales de la comunidad o la sociedad
4) Cuando afecten negativamente el patrimonio moral, financiero o de activos físicos del Partido o de la sociedad.
5) Cuando su conducta no corresponda a la honestidad y el decoro, o la ética basada en los derechos humanos de gozar en equidad de la libertad y el bienestar, en especial bajo las siguientes consideraciones:
a) Cuando se viola la libertad de otros por la violencia, la coerción, el engaño o cualquier procedimiento que elimine o pretenda eliminar, el control libre de la conducta.
b) Cuando se niega el acceso a otros a los bienes básicos o se atenta contra su vida, su salud o capacidad mental, se le engaña, estafa, difama, se le incumplen promesas, se le impide la educación hasta los límites de sus capacidades, se le discrimina, se le somete a padecer miedo o a sufrir desinformación o ignorancia.
Artículo cuarto.- El Consejo de control Ético del Partido actuará bajo el principio de verdad sabida y buena fe guardada y queda facultado para:
a) Darse su propio reglamento y establecer un método para adelantar la valoración de los hechos y pronunciarse sobre las acciones o conductas.
b) Ejercer la fiscalización de la conducta de los miembros y órganos del Partido.
c) Investigar la conducta de los miembros cuando existan indicios de violación moral y en particular de las normas del presente Código, de los Estatutos o las prescripciones de la Plataforma Política.
d) Imponer sanciones morales a quienes sean o hayan sido miembros del Partido, cuando sean justas y necesarias para preservar la moral pública y la del Partido. Las sanciones serán definidas por el mismo Consejo y tendrán como objetivo generar un remordimiento de conciencia en el infractor moral y si fuere necesaria una exclusión temporal o definitiva de la organización.
Sancionar con amonestaciones verbales o escritas, con suspensiones temporales o definitivas y en el caso de los Congresistas, Diputados, Concejales, Ediles y demás miembros de cuerpos de elección popular podrán ser sancionados con la suspensión
Temporal del derecho al voto en la corporación, o su pérdida total por el resto del periodo. En este último caso, el término de la sanción puede ser apelado ante el Comité Central del Partido.
f) Las demás afines y complementarias que determine el reglamento.
Artículo Quinto. - El veedor del Partido tendrá las siguientes funciones:
1. Acusar ante el Consejo del Control Ético a aquellos miembros que incurran en violaciones de los Estatutos, traicionen la Plataforma o violen el Código de Ética de acuerdo con lo dispuesto en el artículo séptimo de los Estatutos del Partido.
2. Velar porque se conserve la independencia del Partido en relación con los grupos económicos o los empresarios particulares que se vinculen a él con donaciones económicas en dinero o en especie o con la participación de sus representantes.
3 Rechazar las donaciones o devolver aquellas que a su juicio considere que no son aceptables por su procedencia ilícita o desconocida. Y por la eventual creación de un compromiso expreso o tácito de índole no ética en cuanto a la acción política del Partido.
4 Evaluar periódicamente la organización administrativa, contable y de auditoría externa, para determinar su eficiencia y ajuste estricto a la verdad.
5. Velar porque se presenten públicamente y en forma fidedigna los informes financieros del Partido, que den cuenta del origen y destino de los dineros públicos recibidos, de los ingresos y gastos para el funcionamiento regular del Partido, y por separado, los referentes a las campañas electorales que realice.
6. Expedir o negar los avales en nombre del Partido de acuerdo con las exigencias de la ley electoral.
7. Velar por el cumplimiento de las inhabilidades e incompatibilidades legales y las de carácter moral que sean aplicables a los miembros del Partido, para pertenecer a él, actuar como directivo o representarlo en el ejercicio de funciones públicas. En particular tendrá en cuenta las siguientes:
a) Se considera Inhábil quien haya sido sancionado penal, disciplinaria, o moralmente; o condenados en cualquier tiempo por la comisión de delitos distintos a los culposos o políticos; esté sometido a investigación formal por parte de las autoridades judiciales, disciplinarias o éticas, bajo indicios serios de responsabilidad; y quien desde posiciones políticas haya prohijado o cohonestado la corrupción, la impunidad, la malversación de fondos, la violencia, o el favorecimiento indebido a terceros. También se considera inhabilitado para pertenecer al partido, quien durante su trayectoria laboral haya incumplido sus obligaciones como servidor público o privado.
b) Se considera incurso en Incompatibilidad para ser directivo de la organización o representante público del Partido quien haga parte de organismos directivos de la administración pública o de las entidades privadas contratistas del Estado.
Artículo sexto.- El Partido se financia con el aporte de sus miembros, las donaciones en dinero o en especie valoradas comercialmente y aceptadas por el Veedor del Partido; el producido de las colectas o actos públicos; el rendimiento de inversiones; los dineros públicos recibidos de acuerdo con la ley electoral; y el resultado de las operaciones de crédito. Para su administración utiliza la misma organización del Partido y para su auditoría fiscal podrá utilizar un agente externo. Ningún aporte, donación o contribución, genera expresa ni tácitamente compromiso al Partido respecto a su orientación política o al ejercicio que haga del poder desde cualquiera de sus ramas posteriormente. Quién, en oposición al interés general, demande o acepte conceder favores compensatorios al apoyo económico otorgado al Partido, será tenido como traidor a sus postulados y en consecuencia sancionado moralmente por el Consejo de Control Ético.
Artículo séptimo.- El Consejo de Control Ético se pronunciará sobre un acto o una conducta por solicitud del Veedor, de un miembro directamente o por intermedio del Veedor o de oficio, para lo cual seguirá el método que adopte en su reglamento, en el cual tendrá en cuenta que la moral es intemporal y por tanto las valoraciones se aplican a cualquier época en que hayan sucedido los hechos; no requiere la preexistencia de la norma porque se considera que la moral no necesariamente se expresa positivamente; no se aplica la presunción de inocencia porque el bien protegido es el superior de la moral pública; y por la misma razón tampoco se tiene como aplicable el principio del beneficio de la duda a favor del acusado. Para la guarda de la equidad se tendrá en cuenta el derecho de la defensa del acusado, y de reposición sobre las determinaciones sancionatorias; el respeto a la intimidad de los investigados y a la reserva del proceso mientras no se haya fallado el caso definitivamente. No existirán términos para los pronunciamientos, ni requisitos formales de procedimiento en los juicios morales, pero El Consejo deberá obrar con diligencia, por métodos orales y sin el requisito de la plena prueba.
Artículo octavo.- Los miembros del Partido Cambio Radical Colombiano tienen el deber moral de:
1. Defender las instituciones democráticas, los derechos humanos, la justicia social y actuar con independencia frente a los sectores políticos tradicionales y frente a los grupos de interés.
2. Aplicar los siguientes principios en su actuación política o administrativa en representación del Partido:
(Transparencia. Defender la ética pública, luchar contra la corrupción, y trabajar por que el presupuesto público y el patrimonio de la comunidad sean ejecutados con eficiencia y honestidad)
(Probidad. Actuar con rectitud y honradez. Procurar la satisfacción del interés común rechazando toda prebenda o ventaja personal obtenida directa o indirectamente).
(Veracidad. Ser veraz y claro en sus manifestaciones, para garantizar la credibilidad del partido frente al pueblo).
(Participación popular. Crear veedurías e Interventoras populares para vigilar la ejecución de contratos estatales como función propia de la sociedad civil).
(Solución pacífica al conflicto. Promover las acciones civiles conducentes a conseguir la paz y a erradicar la violencia).
(Prudencia. Actuar en las funciones públicas con pleno conocimiento de los temas sometidos a su consideración, en la certeza de ejercer la tarea a favor del pueblo).
(Austeridad en el Gasto. No incrementar los niveles de endeudamiento y de gasto público más allá de sus posibilidades fiscales, optimizando los recursos a favor del bienestar colectivo y la rentabilidad social).
(Rendición de cuentas ante los electores. Realizar periódicamente una reunión abierta para presentarle a la ciudadanía un informe de actividades y para recibir los comentarios a la gestión).
(Evaluación. Evaluar periódicamente los actos cuya ejecución tuviera a su cargo. Pero el Partido podrá promover evaluaciones conducidas por el (Consejo de Control Ético reservándose el derecho de imponer sanciones de tipo moral, incluida la expulsión del Partido en caso de transgresiones graves).
(Rendición de cuentas ante el partido. Enviar periódicamente un informe de gestión a la dirección del Partido).
(Promoción de la acción social. Mejorar la calidad y cobertura de los servicios sociales hasta lograr que toda la comunidad sea atendida).
(Promoción del reordenamiento territorial. Fortalecer la gestión local en lo administrativo, normativo y judicial. Impulsar la coordinación de las acciones locales por medio de un nivel regional intermedio con la Nación).
(Lucha contra la pobreza. Impulsar procesos y proyectos de generación de empleo e ingresos y promover la producción comunitaria de bienestar social).
(Aptitud. Postular para el desempeño de funciones públicas sólo quien demuestre su idoneidad).
3. No incurrir en ninguna causal de inhabilidad ni incompatibilidad conforme a la ley.
4. Comprometerse a dar cabal cumplimiento a las normas al respecto y por la pulcritud del manejo de los fondos de su propia campaña, conforme a la ley y a las sanas costumbres La contabilidad, registro y la solicitud de reposición de gastos de campañas las hará el candidato directamente ante la autoridad electora! de acuerdo a lo dispuesto por el Concejo Nacional Electoral
Artículo Noveno.- El presente Código podrá ser modificado o adicionado por el Comité Central o por iniciativa del Veedor o del Consejo de Control Ético, y una vez aprobado por el Comité Central será registrado ante las autoridades electorales
Expedida el día 03 de Junio de 2003.

ESTATUTOS DEL PARTIDO CAMBIO RADICAL


Titulo primero
Disposiciones generales

Capítulo primero
De la naturaleza y objetivos del partido

Artículo primero. De la naturaleza.- cambio radical es un partido político con personería jurídica reconocida por el consejo nacional electoral mediante resolución no. 1305 del 17 de diciembre de 1997, y cuya denominación actual está registrada mediante resolución no. 1899 del 3 de abril de 2003. el partido se ha constituido en ejercicio de los derechos consagrados en los artículos 40 y 108 de la constitución política, conforme a la ley 130 de 1994 y sus disposiciones que la modifican.

Artículo segundo. De los objetivos y postulados.- el partido cambio radical es una opción política de cambio democrático para Colombia, que tiene como objetivos propugnar por la superación de la injusticia, la pobreza, y la inmoralidad; por la consecución de la paz, y por la eficiencia en la administración pública. Considera como principales instrumentos del cambio radical, que el país necesita los siguientes postulados:

1. Conseguir un reordenamiento territorial que fortalezca la administración local y la autonomía de las regiones, con miras a lograr una eficiente administración de los recursos públicos para el mejor servicio a los colombianos.

2. Desarrollar los principios del estado comunitario, para que la sociedad civil pueda participar directamente en el cumplimiento de las funciones públicas, principalmente en las de control social sobre la administración, y en las de producción de bienestar social.
3. Establecer normas y políticas públicas conducentes a proporcionar a todos los colombianos una seguridad humana, que incluya la seguridad ciudadana, la seguridad social y la seguridad personal, preservando el monopolio de las armas para el estado.

4. Propugnar por una pronta y cumplida justicia y defensa de la equidad, el debido reconocimiento de los derechos de todos los colombianos.


Capitulo segundo
De los principios de pluralidad y democracia interna

Artículo tercero. Del principio de pluralidad.- el partido cambio radical, es pluralista, por lo tanto reconoce y respeta las diferencias culturales, religiosas y étnicas de los colombianos. Dentro del ejercicio democrático está dispuesto a coaligar sus fuerzas con todas aquellas que coincidan en la consecución de sus postulados y programas.

Artículo cuarto. De la democracia interna.- la organización interna del partido cambio radical es democrática y pluralista, utiliza todos los procedimientos de participación popular para su accionar político y rechaza todas las formas de violencia y discriminación.


Titulo segundo
De la membrecía y militancia, de los derechos y deberes de los miembros del partido

Capítulo primero
De la membrecía y militancia

Artículo quinto.- de la membrecía y militancia.- son miembros del partido los ciudadanos y ciudadanas que compartan sus principios, acepten libremente sus programas, cumplan sus estatutos y el código de ética, participen en la aplicación de los mismos y acaten las decisiones de los directivos del partido son militantes del partido los miembros que sean elegidos en una corporación pública o servidores públicos en un cargo de elección popular con el aval de cambio radical. También lo serán los miembros directivos nacionales, regionales o locales de la organización partidista. Serán miembros simpatizantes todos aquellos que reciban la credencial de identificación correspondiente, mediante solicitud de aceptación expresa de cumplir con los estatutos y el código de ética del partido


Capitulo segundo
De los derechos y deberes de los miembros del partido

Artículo sexto. De los derechos.- son derechos de los miembros del partido cambio radical:

1. Participar en la conformación del programa que se proponga a los votantes.

2. Aspirar a participar en las listas de elección popular que avale el partido.

3. Tomar parte en los actos que organice el partido.

4. Recibir información sobre las actividades del partido, las personas que conforman los órganos del partido.

5. Usar los símbolos del partido con el fin promover candidaturas presidenciales, de cuerpos colegiados, y demás actividades autorizadas por la ley, conforme a las disposiciones internas expedidas por el partido.

Articulo séptimo. De los deberes.- son deberes de los miembros del partido:

1. Promover, respetar y cumplir los objetivos, postulados y programas consagrados en los presentes estatutos, la reglamentación interna y el código de ética del partido.
2. Acatar y difundir la reglamentación interna, los programas y la plataforma aprobados por el partido.

3. Promover y respetar los objetivos y postulados del partido.

Artículo octavo. Del control.- de conformidad con las disposiciones sustantivas y los procedimientos del código de ética del partido, quienes incumplan los deberes, podrán ser sancionados con amonestaciones verbales, escritas, con suspensiones temporales o la expulsión del partido.

Artículo noveno. De la inadmisión para ser miembro del partido.- a juicio del consejo de control ético del partido se rechazarán las adhesiones de quienes durante su trayectoria laboral o profesional hayan incumplido sus obligaciones, o cometido faltas en materia disciplinaria, o quienes hayan sido condenados en cualquier tiempo por la comisión de delitos distintos de los culposos o políticos, o sobre quienes pese serios indicios acerca de la comisión de delitos.


Título tercero
De la organización y órganos del partido

Capítulo primero
Órganos del partido

Articulo decimo.- de los órganos del partido.- la dirección del partido estará conformada por:

1. director nacional
2. comité central.
3. comisión política central.
4. secretario general.
5. consejo de control ético.
6. veedor.
7. comisiones regionales, departamentos, distritales, municipales y locales.


Capitulo segundo
Del director nacional

Articulo decimo primero.- de las funciones del director nacional.- son funciones del director nacional:
1. llevar la representación política del partido anta la nación, entidades y funcionarios del estado, autoridades electorales, órganos de control...

2. coordinar las relaciones con otros partidos, sectores, movimientos, organizaciones políticas, sociales, gremiales.

3. crear consejos asesores, comités regionales, municipales y locales, designando a sus respectivos miembros y asignando sus funciones, con el fin de contribuir al cumplimiento de los fines del partido.

4. representar al partido nacional e internacionalmente

5. presidir el congreso nacional del partido.

6. presidir las diferentes bancadas (senado, cámara, concejos, asambleas juntas administradoras locales).

7. nombrar a los delegados municipales o regionales.

8. convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del comité central y el comité político central.


Capítulo tercero
Del comité central

Articulo decimo segundo.- del comité central.- el comité central del partido estará integrado por un número plural de siete (7) miembros determinado por el comité en ejercicio, del cual hace parte el secretario general.

Parágrafo primero.- las faltas de sus integrantes serán suplidas por el comité mediante el sistema de cooptación.

Articulo decimo tercero.- de las funciones del comité central.- son funciones del comité central del partido:

1. adoptar y velar por el cumplimiento de los estatutos, el código de ética del partido, los reglamentos internos, la plataforma y los programas que se propongan a los electores.

2. nombrar al director nacional, secretario general, al veedor, al auditor general, y a los miembros del consejo de control ético del partido.

3. aprobar el presupuesto anual y los estados financieros del partido.

4. constituir comités municipales y regionales definiendo sus funciones.


Capítulo cuarto
De la comisión política central

Articulo decimo cuarto.- de la comisión política central.- los senadores y representantes a la cámara elegidos con el aval del partido, conformarán la comisión política central que se reunirá bajo la presidencia del director nacional del partido.

Articulo decimo quinto. De las funciones de la comisión política central.- la comisión política central, cumplirá las siguientes funciones:

1. fijar las orientaciones de acción política del partido en relación con asuntos a cargo del congreso nacional, el gobierno nacional y la opinión pública en general a través del director nacional.

2. orientar el sentido del voto de la bancada frente a proyectos de acto legislativo, proyectos de ley, proposiciones, mociones de censura, para que guarden relación con los objetivos, programas y postulados del partido.

3. los demás que correspondan a la orientación política del partido.


Capitulo quinto
Del secretario general

Articulo decimo sexto.- del secretario general del partido.- el secretario general es el representante legal del partido.

Articulo decimo séptimo. De las funciones del secretario general del partido.- a él le corresponde desempeñar las siguientes funciones:

1. representar al partido en aquellas funciones o asuntos que no le correspondan al director nacional, coordinador o vocero de las bancadas, en las corporaciones públicas correspondientes.

2. determinar la estructura administrativa del partido, designar los empleados y fijar su remuneración.

3. constituir apoderados o delegados especiales.

4. recaudar y administrar los fondos del partido de acuerdo con el presupuesto aprobado por el comité central. para este fin cumplirá las funciones de tesorero del partido.

5. en lo relacionado con los ingresos y gastos seguir las disposiciones que en materia de transparencia adopte el comité central.

6. ser el responsable de los archivos y los libros de actas del partido.

7. convocar a las reuniones del comité central.

8. las que le encomiende el director nacional.

Parágrafo.- las funciones del secretario general podrán ser delegadas total o parcialmente, mediante resoluciones, las cuales tendrán el carácter de mandatos revocables.


Capitulo sexto
Del consejo de control ético

Articulo decimo octavo. Del consejo de control ético.- el partido tendrá un consejo de control ético, integrado por cinco (5) miembros. El cual cumplirá las funciones que le asignen las leyes, el código de ética y los presentes estatutos.

Corresponde también al consejo de control ético la imposición de sanciones para los miembros, cuyas acciones violen o sean contrarias con los principios que reglamentan la función de las bancadas, cuyo conocimiento será avocado a petición de parte o de oficio.

Capitulo séptimo
Del veedor del partido

Articulo decimo noveno. Del veedor del partido.- el partido tendrá un (1) veedor cuyas funciones serán las que le asigne las leyes, el código de ética y los presentes estatutos.

Capitulo octavo

De las comisiones regionales, departamentales, distritales, municipales y locales

articulo vigésimo.- de las comisiones regionales, departamentales, distritales, municipales y locales.- los miembros de las asambleas regionales, departamentales, consejos distritales, concejos municipales y juntas administradoras locales, se integrarán como comisión política en cada uno de éstos órdenes. Dichos órganos tendrán las funciones correspondientes en su ámbito territorial definidas en el presente estatuto para la comisión política central.


Titulo cuarto
De las bancadas

Capítulo primero
De las bancadas
Articulo vigésimo primero.- defunción.- para los efectos de los presentes estatutos, entiéndase por bancada el conjunto de miembros avalados por el partido cambio radical, que actúan dentro de una misma corporación pública: senado de la república, cámara de representantes, asambleas regionales, departamentales, concejos distritales o municipales y juntas administradoras locales; elegidos para un período constitucional determinado, conforme a la constitución política y la ley.

Capitulo segundo
Del régimen de las bancadas

Articulo vigésimo segundo. Régimen de las bancadas del partido cambio radical: actuar como bancada, con los demás miembros del mismo partido, cuando hayan sido elegidos con aval de éste, en las corporaciones públicas. No podrá pertenecerse a otra bancada durante el período para el que fue elegido. El incumplimiento de este deber dará lugar a las sanciones impuestas en el título cuarto de los presentes estatutos.
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Parágrafo: los miembros del partido podrán solicitar a la bancada permiso para no votar en la corporación en la cual actúan, cuando existan conflictos de interés o de objeción de conciencia respecto a la materia por decidir. Da lugar a la objeción de conciencia, los asuntos religiosos o de moral civil, siempre que se sustenten en valores y principios preexistentes.

Articulo vigésimo tercero. Constitución de la bancada del partido cambio radical.- se hará por convocatoria del director nacional; en la reunión de la bancada sus miembros elegirán el coordinador para un periodo mínimo de seis (6) meses y las decisiones las tomarán por mayoría o por consenso.

Articulo vigésimo cuarto. Cumplimiento de los estatutos de los miembros de las bancadas.- los elegidos para cada corporación por el partido cambio radical actuaran en forma homogénea, para cuyo efecto han de utilizar mecanismos democráticos en la respectiva bancada, sin perjuicio de las constancias que pueda dejar cada miembro en aquellos casos en que operen motivos de conciencia.

Parágrafo: entiéndase por motivos de conciencia, todos aquellos que se relacionen con principios religiosos, éticos o de servicio militar obligatorio. Se mantendrá en todo caso la vigencia del principio constitucional del artículo 108 de la constitución política.

Articulo vigésimo quinto.- decisiones de la bancada.- en las reuniones de las bancadas, sus miembros han de tomar las decisiones por mayoría o consenso, atendiendo los objetivos, programas, postulados y estatutos del partido.

Articulo vigésimo sexto. De la libertad de los miembros las bancadas de votar en conciencia.- el miembro de la bancada que no esté de acuerdo con lo aprobado por la mayoría, tiene el derecho a dejar constancia de su posición en el acta de sesión de la bancada, sin que ello le exima de su obligación de votar en el sentido decidido por la mayoría. Esto conforme a lo dispuesto en los presentes estatutos.

Articulo vigésimo séptimo. De las citaciones a las reuniones de la bancada.- las citaciones a cada una de las reuniones de la bancada, serán cursadas por su coordinador, con la suficiente antelación, a través de comunicación escrita. La inasistencia a la reunión de la bancada no constituye excusa frente al cumplimiento de las decisiones adoptadas por la mayoría, salvo caso fortuito o fuerza mayor, que se demostrará dentro de los tres (3) días siguientes al coordinador.

Parágrafo.- en caso de urgencia, cuando resulte imposible o difícil que se realice la convocatoria o reunión de la bancada, el coordinador consultará a los miembros de la misma y dejará constancia del carácter apremiante y extraordinario que medió para tomar una decisión que comprometa a la bancada.

Articulo vigésimo octavo. De las sesiones de las bancadas.- las bancadas del partido cambio radical sesionarán por lo menos, dos veces al mes en la época de sesiones y una vez al mes en la época de recesos; el sitio de reuniones será el recinto acordado previamente por sus miembros.

Parágrafo.- cada bancada dictara su propio reglamento.

Articulo vigésimo noveno. De la inasistencia a las sesiones de las bancadas.- la inasistencia injustificada valida de un miembro a una o más reuniones de la bancada de una corporación pública, constituye hecho sancionable, el cual irá desde la amonestación verbal o escrita, o hasta la pérdida temporal del derecho al voto en el seno de la respectiva corporación, determinación que será tomada por el consejo de control ético.

Parágrafo.- para los efectos de los presentes estatutos, constituye excusa válida para faltar a una reunión de bancada, la fuerza mayor, el caso fortuito, o la calamidad doméstica, debidamente comprobadas, con anterioridad a la sesión o dentro de los tres (3) días siguientes a la misma. La ausencia de un miembro por una de las causales de justificación, no es excusa válida para apartarse de la decisión adoptada por la mayoría de los miembros de la bancada. Si se apartare de dicha decisión, incurrirá en falta o desacato, que será sancionada por el consejo de control ético, quien avocará su conocimiento ya sea a petición de parte o de oficio.

Articulo trigésimo. De las actas de las reuniones de la bancada.- de cada sesión de bancada se levantará un acta, que ha de suscribir el coordinador de la misma.


Capítulo tercero
De los derechos de las bancadas

Articulo trigésimo primero. de los derechos de las bancadas.- la bancada en cada corporación pública, podrá promover citaciones e invitaciones a debates a las sesiones plenarias y de comisiones, a los ministros y altos funcionarios del estado; secretarios de despacho u otros funcionarios de los niveles nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local, conforme al numeral 8 del artículo 135 de la constitución política, las leyes y demás normas y participar e intervenir en las sesiones en las que se promueva o debata una moción de censura contra los funcionarios descritos en el presente artículo.


Capítulo cuarto
Bancadas mixtas

Articulo trigésimo segundo. Actuación en bancadas en las corporaciones públicas.- cuando en la composición de una determinada corporación, los elegidos por el partido cambio radical no alcancen a ser mayoría, podrán optar, previo acuerdo mayoritario entre ellos y con el consentimiento del director nacional del partido, por coaligarse con miembros de otros grupos o partidos políticos para reforzar una bancada ya existente o para crear una mixta. La coordinación política en estos casos se ha de acordar previamente con los grupos que conforman la bancada mixta. En los casos en que no exista bancada por estar representado el partido por un solo miembro, éste actuara atendiendo a los postulados, principios, plataformas ideológica y política del mismo.

Articulo trigésimo tercero. Bancadas mixtas.- cuando los miembros del partido formen parte de una bancada mixta podrán dar a conocer a la respectiva corporación, los motivos de desacuerdo o de discrepancia frente a las decisiones que las mayorías adopten a través de declaración pública, la cual constará en el acta de la sesión plenaria de la corporación o comisión, sin que ello le exima de su obligación de votar conforme a lo decidido por la mayoría de la bancada.




Capitulo quinto
Del cumplimiento del código de ética del partido

Articulo trigésimo cuarto.- del cumplimiento del código de ética del partido.- los miembros de la bancada como tal, previo acuerdo interno dentro de la misma, está obligada al cumplimiento del régimen disciplinario del partido y a las determinaciones de los temas de conciencia sobre los cuales no es aplicable dicho régimen. En tal sentido, se aplicarán las sanciones por la inobservancia o incumplimiento de las directrices previamente aprobadas, que se establecen en los presentes estatutos.
Parágrafo.- corresponde al consejo de control ético del partido, la fijación, determinación e imposición de las sanciones que se determinen en los presentes estatutos y aquellas se impondrán gradualmente de acuerdo a la gravedad de la falta. Las sanciones van desde la amonestación verbal o escrita, la pérdida temporal o total del derecho al voto e intervención en las sesiones, hasta la expulsión del partido, atendiendo en cada caso a la gravedad de la falta conforme a la presente normatividad y las disposiciones contempladas en el código de ética.


Capitulo sexto
Del coordinador de la bancada

Articulo trigésimo quinto.- del coordinador de la bancada.- cada bancada dentro de la respectiva corporación y en cada una de sus comisiones en que tenga representación, está en la obligación de designar un coordinador, quien se encargará de las citaciones, levantamiento de actas, guarda de archivos, elaboración de constancias y acuerdos, y en general, de todos aquellos asuntos administrativos indispensables para el recto funcionamiento de la misma.

Parágrafo primero. El coordinador de la bancada, será elegido para un período mínimo de seis (6) meses, y podrá ser reelegido por términos iguales, hasta la culminación del período constitucional respectivo. El coordinador, se convertirá en el portavoz oficial de la bancada en la respectiva corporación. De igual manera, la bancada, elegirá un vocero suplente, quien desempeñará las funciones del coordinador en las faltas temporales el principal, previa comunicación de éste, que la hará saber a los miembros de la bancada, con una antelación de dos (2) días, salvo en aquellas situaciones de caso fortuito o fuerza mayor.

Parágrafo segundo. Cada bancada deberá, tanto en plenaria como en las comisiones, designar un coordinador o vocero para cada proyecto de acto legislativo, ley, ordenanza, acuerdo o actos administrativos; así como para cada una de las actuaciones de control político que realice la respectiva corporación.

Artículo trigésimo sexto.- de la asistencia a la junta de coordinadores de las corporaciones públicas.- es deber del coordinador de la bancada o de su suplente, asistir a la junta de coordinadores, que convoque la presidencia de la respectiva corporación, cuando ella lo juzgue necesario o conveniente, para el buen funcionamiento de la corporación.


Titulo quinto
De las sanciones

Capítulo primero
Del consejo de control ético, las clases de sanciones y su gradualidad

Artículo trigésimo séptimo: de las funciones del consejo de control ético.- el consejo de control ético graduará las sanciones que aplique a los miembros de la bancada, cuando éstos violen el régimen establecido en los presentes estatutos.

Parágrafo: la acción o conducta, es factor para establecer la violación al régimen de bancadas en cada caso concreto, y está sujeta a la determinación de los miembros del consejo de control ético, teniendo en cuenta que estas no constituyen acciones o castigos penales, sino de la aplicación del régimen ético del partido, los principios morales y las sanas costumbres.

articulo trigésimo octavo.- de las sanciones contra los miembros de una bancada.- el integrante de una bancada, que por acción u omisión viole, atente o contraríe una decisión democráticamente adoptada por la misma, será objeto de sanción, la cual debe ser determinada por el consejo de control ético.

Parágrafo primero.- la gradualidad de la sanciones, conforme lo establecen los presentes estatutos, van desde la amonestación verbal o escrita, la suspensión temporal o total del voto por el resto del período en la plenaria y/o en las comisiones de la respectiva corporación, hasta la expulsión del partido. La suspensión tendrá un lapso determinado conforme a la gravedad de la infracción.

Articulo trigésimo noveno.- de las sanciones.- las sanciones previstas en los presentes estatutos, aplicables de conformidad con la gravedad de la falta, serán:

a) expulsión del partido: conlleva a la terminación de la relación de un elegido con el partido que le avaló, en los casos calificados por el consejo de control ético, como gravísimos, dolosos o por culpa grave;

b) suspensión temporal del derecho al voto: está determinada por faltas que el consejo de control ético califique como leves y por inasistencia a las reuniones de la bancada.

c) pérdida total del derecho al voto: perderán totalmente el derecho al voto por el resto del período aquellos miembros que se aparten de la decisión tomada por la bancada y voten en contradicción de la misma.

d) amonestación verbal o escrita: se aplicará para las faltas leves.


Parágrafo: toda sanción se registrará en la hoja de vida del miembro de la bancada, de acuerdo con su gravedad y deberá ser publicada en medios de información que tal efecto disponga secretario general del partido.

Articulo cuadragesimo. tramite de la queja o acusación, periodo probatorio, sanciones a imponer, notificación de la providencia, recursos.- toda actuación del consejo de control ético del partido, deberán ser de conformidad con lo establecido en la constitución política en su artículo 29 y en tal sentido, se dará aplicación plena del debido proceso.

En todos los casos, se informará personalmente de la acusación o queja al presunto investigado en acción disciplinaria interna del partido, o por un correo certificado.

El investigado tendrá cinco (5) días hábiles para contestar y ejercer su derecho de defensa ante el consejo de control ético.

Abierto el período de pruebas por un término no superior a quince (15) días calendario, una vez concluido el mismo, el consejo de control ético se pronunciará si hay lugar o no a la imposición de sanciones de acuerdo a los presentes estatutos. Para la imposición de la sanción, el consejo de control ético, deberá realizar una ponderación de las circunstancias en cada caso particular.

La providencia será comunicada al investigado, quien tendrá cinco (5) días hábiles para interponer recurso de apelación ante el comité central del partido. La misma providencia será notificada al veedor del mismo partido, con el fin de que el mismo se pronuncie dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, pudiendo presentar recurso de apelación ante el comité central.

Parágrafo primero.- la impugnación contra una decisión del consejo de control ético o contra una del comité central del partido, constituye un mecanismo de control administrativo de legalidad contra actos o decisiones adoptadas por uno o por ambos órganos del partido.

Parágrafo segundo.- el mecanismo anterior no excluye la vía jurisdiccional como medio de control de legalidad de dichos actos o providencias, teniendo en cuenta ante todo la competencia que tiene el consejo nacional electoral.

Articulo cuadragesimo primero.- de la comunicación de la sanción a la mesa directiva de la corporación publica.- las sanciones impuestas por el consejo de control ético, serán comunicadas por escrito a la mesa directiva de la corporación a la cual pertenezca el sancionado, con la expresa solicitud de que dicha corporación dé cumplimiento a la medida sancionatoria y se trata de la suspensión temporal o definitiva del derecho al voto en la corporación pública, o de la expulsión del partido.

Articulo cuadragesimo segundo. De las sanciones subsidiarias.- cuando un miembro de la bancada de una corporación pública, haya sido expulsado o haya recibido dos o más sanciones impuestas por el consejo de control ético, que se encuentren en firme y debidamente ejecutoriadas, no podrá recibir el aval del partido para aspirar a ser elegido en una corporación o cargo público.

Parágrafo.- solo son apelables ante el comité central del partido, las decisiones del consejo de control ético con las cuales se resuelve de fondo los asuntos sometidos a su estudio.
Titulo sexto
De los estados financieros

Capítulo primero
De la auditoría interna

Articulo cuadragesimo tercero.- de la auditoría interna.- el sistema de auditoría interna del partido está bajo la dirección del auditor general, quien podrá utilizar los servicios de profesionales especializados para el cumplimiento de las funciones de ley, en particular las de revisión de los registros contables de ingresos y egresos correspondientes al funcionamiento ordinario del partido y el de las campañas de los candidatos.


Capitulo segundo
De la rendicion de cuentas

Articulo cuadragesimo cuarto. De la rendicion de cuentas.- el partido deberá presentar ante el consejo nacional electoral los informes públicos que aluden la ley 130 de 1994 en sus arts. 18, 20 y 21.

Articulo cuadragesimo quinto. De los responsables de la rendicion de cuentas.- serán responsables de la presentación de los informes y de la rendición pública de cuentas, así:

1. el representante legal en cuanto a los ingresos y gastos de funcionamiento del partido.

2. los delegados seccionales del secretario general respecto al funcionamiento del partido en las oficinas seccionales o locales.

3. los candidatos de las listas uninominales o plurinominales o quienes sean designados como personas responsables en cada una de ellas.

4. en todos los casos, los informes y la rendición de cuentas deberán someterse a las normas que establezcan las leyes, el consejo nacional electoral y el reglamento del partido.




Capítulo tercero
De los aportes y donaciones

Articulo cuadragésimo sexto. de los aportes y donaciones.- los aportes y donaciones que se reciban para el sostenimiento del partido se llevarán en contabilidad de acuerdo con los procedimientos internos y en especial con las disposiciones señaladas en la ley 130 de 1994

Articulo cuadragesimo séptimo. de la reposición de votos.- los dineros recibidos por reposición de gastos por votos y las donaciones de particulares para las campañas ingresarán al partido y serán remitidos a los candidatos o destinatarios específicos, previas las deducciones de gastos financieros y generales necesarios para compensar los gastos generales del partido, fijados previamente por el secretario general mediante resolución.

Articulo cuadragesimo octavo. De los activos.- los dineros o activos que tenga el partido al momento de su disolución, se donarán a entidades sin ánimo de lucro, con preferencia por aquellas que se dediquen a la consolidación y al fortalecimiento de la democracia y sus destinatarios.

Bogotá, d. c., 18 de octubre de 2005.

PLATAFORMA IDEOLOGICA PARTIDO CAMBIO RADICAL
Cambio Radical presenta su visión de partido luego de un proceso amplio de consulta nacional con múltiples representantes de sectores sociales, expertos en áreas específicas, y con simples ciudadanos y ciudadanas comprometidos todos con un futuro mejor para Colombia. La consulta contó con la participación de colombianos y colombianas de distintas regiones del país, de diferentes puntos de vista e ideologías pero unidos en el reto de seguir por el camino de la seguridad democrática, buscando un crecimiento económico sostenido, con una sociedad más justa, y logrando una inserción internacional que favorezca a los mejores intereses de Colombia.
Partimos de la idea de que para lograr nuestros objetivos, es necesario consolidar la seguridad democrática en Colombia. La modernización y democratización que viene experimentando Colombia desde el año 2002 solo serán posibles a través de la continuidad de esta política pues solo así podremos proteger los derechos de los colombianos y fortalecer, con la solidaridad de la ciudadanía, el Estado de Derecho y la autoridad democrática,
Para lograr este objetivo Cambio Radical propone diseñar e implementar políticas sociales serias y responsables que consideren la realidad del país y las posibilidades reales que tenemos para solucionar la precaria situación en la que se enfrenta una proporción lamentablemente grande de nuestros conciudadanos. La base de nuestra visión social es la equidad, la modernización del sistema educativo público, y la expansión de la seguridad social y el acceso a la salud.
Planteamos modernizar la economía de nuestro país a través de la estabilidad macroeconómica, atacando el problema del desempleo y la informalidad, mejorando la infraestructura de transporte, promoviendo el desarrollo rural y una verdadera reforma agraria, insertando a Colombia en la economía global.
Concientes de los retos contemporáneos producto de la crisis energética mundial, planteamos también la transformación del sector energético. Esta tarea implica entender las tendencias actuales y definir políticas que preparen a Colombia para enfrentar los desafíos energéticos del Siglo XXI.
Cambio Radical es un partido comprometido con el fortalecimiento del Estado y de sus instituciones. Nuestra visión de un Estado Moderno incluye una descentralización administrativa real, el fortalecimiento de las instituciones judiciales, la consolidación de una política de seguridad ciudadana y democrática, y, sobretodo, la transparencia en el manejo y administración del aparato público.
En este documento presentamos los lineamientos básicos de nuestro partido. Estos lineamientos están orientados a consolidar lo positivo que se ha venido impulsando en nuestro país y hacer de Colombia en el Siglo XXI un país moderno, democrático y lo que esté desvirtuando las posibilidades de que Colombia transite el Siglo XXI como un país moderno, democrático, y con la capacidad de proteger a todos sus ciudadanos.

Principales Pilares de la Plataforma de Cambio Radical
1. POLÍTICAS SOCIALES:
La visión de Cambio Radical es la de una Colombia que tenga como prioridad un desarrollo social y humano equitativo, con énfasis en la educación para todos, y un sistema integral de salud de mayor cobertura. Una Colombia en donde el Estado garantice la igualdad de oportunidades a sus ciudadanos para que se reduzcan los desequilibrios sociales extremos de los que hoy somos testigos. La educación y la buena salud son condiciones esenciales para alcanzar el desarrollo económico y social que todos deseamos.

Equidad:
 La visión general de Cambio Radical es lograr un país en donde exista una mayor equidad económica y social, como propósito esencial del desarrollo y con el fin de construir una sociedad más justa y humana.
 La equidad debe ser un tema transversal en todas las políticas del Estado. La preocupación por la equidad no puede estar centrada únicamente en las políticas sociales, sino que debe atravesar todos los aspectos de la política económica del Estado.
 Crecer con equidad plantea nuevos retos en materia de salud, educación, empleo, seguridad, y medio ambiente, con los cuales Cambio Radical se compromete.
Al definir la construcción de una sociedad más equitativa se pone en primer plano la vigencia de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos, que garantizan la autonomía individual frente al poder del Estado y la participación en las decisiones públicas.
 Estamos convencidos de que la democracia es condición y garantía necesaria para que exista una mayor equidad.


Educación:
 Para Cambio Radical, la educación es la prioridad para el desarrollo del país. Debe ser instrumento de progreso técnico y crecimiento económico con función social.
 El Estado debe garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación, tanto en el acceso de niños/as y jóvenes al sistema, como en su permanencia y la calidad de los programas educativos.
 Esta prioridad se debe reflejar en una óptima distribución de los recursos del Estado para garantizarles a todos los colombianos y colombianas el acceso a la educación primaria y secundaria, favoreciendo a los sectores rurales, y a la población marginada de la educación superior.
 La óptima calidad de los programas educativos se logra con una mayor preparación y profesionalización de los maestros. Debemos avanzar en el mejoramiento de las condiciones laborales de los docentes, así como en los planes de capacitación de los mismos.
 Se debe fomentar la educación post básica en carreras tecnológicas cortas, que capaciten a los jóvenes y les den la oportunidad de ingresar a las áreas más productivas del mercado.
 La enseñanza de carreras técnicas debe tener una estrecha relación con el sector empresarial, con el fin de crear condiciones de empleo para los jóvenes.
 La instrucción y aprendizaje del inglés como segunda lengua desde la primaria, es indispensable y nos permitirá ampliar las oportunidades de desarrollo y competitividad.
 El tiempo dedicado a programas deportivos y culturales es igualmente importante. Cambio Radical apoyará programas orientados a crear mayores oportunidades para la formación física, el deporte y las actividades culturales de los niños/as y jóvenes colombianos/as.

Seguridad social y Salud:
 La salud es una condición esencial para alcanzar el desarrollo económico de las naciones. Cambio Radical tiene el compromiso de desarrollar un sistema de salud que se extienda a todos los ciudadanos. No puede haber progreso general sin un sistema de salud sólido que atienda a las necesidades de la totalidad de los colombianos, independientemente de su nivel de ingresos.
 Para esto, hay que subsanar las deficiencias de la Ley 100, ampliando su cobertura, reglamentando los subsidios parciales, y aplicando los correctivos necesarios para que sea un instrumento eficaz en la prestación de este servicio fundamental.
 Es necesario darle a los hospitales públicos mayor independencia y autonomía en su relación con los entes territoriales.
 Debe existir un aumento en el aporte del presupuesto nacional al régimen subsidiado, así como una eliminación de las cuotas moderadas y copago para pensionados con menos de dos salarios mínimos.
 Los niños recién nacidos quedarán afiliados a la EPS de su madre durante un año a partir de la fecha de su nacimiento.

2. ECONOMÍA:
La globalización de la economía es un hecho que no podemos desconocer. El desafío para Colombia es insertarse de manera provechosa en ese proceso, para obtener los máximos beneficios posibles.
En el área económica, la visión de Cambio Radical es lograr para Colombia un desarrollo económico dinámico, equitativo, incluyente y sustentable; con más y mejores empleos; con apoyo a la pequeña y mediana empresa; con una normatividad ágil y eficiente que favorezca la inversión extranjera; impulsando el desarrollo de las zonas rurales y mejorando la infraestructura del país para volvernos más competitivos.
La política económica debe estar encaminada a lograr una estabilidad de la inflación, la tasa de interés interna, y la tasa de cambio, con el fin de propiciar el ahorro y la inversión. Para lograr estas metas debemos fortalecer la confianza en la economía del país.

Políticas macroeconómicas:
 El crecimiento económico equitativo presupone un déficit moderado, un gasto público ordenado, con recuperación del ahorro público, y un tipo de cambio competitivo. Cambio Radical apoya la función estabilizadora del Estado en la política monetaria.
 Nuestra meta es un crecimiento sostenido del 5% anual concientes de que este objetivo solo será posible con un crecimiento de la tasa de crecimiento de la inversión del 9% anual.
 Además sostenemos que el crecimiento sostenido será posible solo si mejoramos las tasas de productividad total en Colombia.
 La política industrial del país debe plantear la posición de las PYME como un factor potencial de competitividad internacional. Debemos reconocer a las PYME su valor articulador de los procesos económicos más esenciales y estratégicos para la nación, con el fin de apoyar y poner en marcha una dinámica económica de mercado abierta con inclusión social de todas las regiones del país.
 Cambio Radical propiciará una equidad en materia tributaria, tanto a nivel vertical como horizontal. La primera implica una diferenciación de las cargas tributarias como porcentaje del ingreso y exige que a mayor ingreso, mayor será la carga tributaria. La horizontal supone que contribuyentes en iguales condiciones económicas deben soportar la misma imposición tributaria.
 Para ello se requiere de una redefinición de la estructura tributaria del país. Una reforma a la ley tributaria vigente es indispensable, para que se constituya en un instrumento de crecimiento de la economía y de redistribución de la riqueza.
 Debemos respetar los derechos del contribuyente, y buscar una mayor estabilidad en la normativa tributaria y reglas de juego claras, para fomentar la inversión tanto extranjera como nacional, impedir la fuga de capitales nacionales hacia el exterior, y estimular el ahorro.
 Se debe fortalecer la Administración Tributaria, para controlar la evasión de impuestos con herramientas efectivas de represión a la evasión y el contrabando, y para que los tributos adoptados sean sencillos y fáciles de administrar.
 Las políticas públicas deben contar con un entorno macroeconómico y financiero funcional para la reestructuración de la capacidad existente y la inversión productiva.

Empleo:
 Actualmente Colombia cuenta con un 12.5% de desempleo. Esta tasa es mejor que el promedio latinoamericano e inferior al promedio en nuestro país antes del 2002. Nuestra meta es reducir esa tasa a menos del 5%.
Concentraremos nuestro esfuerzo en la generación de empleo para distribuir más equitativamente los frutos del desarrollo.
 La reducción del empleo informal es un gran objetivo de Cambio Radical pues mientras se mantengan las altas tasas de informalidad no será posible reducir de manera real la tasa de desempleo.
 Cambio Radical se compromete a promover relaciones laborales más modernas y justas, donde los derechos de los trabajadores sean plenamente respetados.
 Apoyaremos a las pequeñas y medianas empresas (PYME) como fuentes de generación de empleo.

Desarrollo local y Reforma agraria:
 La reestructuración agraria debe surgir como resultado de un consenso social y político.
 Debe tener una aproximación integral, que tenga en cuenta no solo la distribución equitativa de la tierra, sino el desarrollo local; que contemple una integración vertical con la industria y el comercio para lograr un crecimiento de adentro hacia afuera, de lo local a lo regional/nacional.
 Cambio Radical propiciará el diseño de una estrategia de desarrollo local que integre al campo con las ciudades.

Transporte e infraestructura:
Colombia necesita reforzar la infraestructura de transporte para lograr una mayor competitividad comercial. El transporte representa un factor preponderante para el crecimiento económico del país, y por lo tanto hay que darle una importancia prioritaria a su desarrollo.
 Debemos fortalecer el transporte fluvial al interior del país, aprovechando la gran vía arteria que es el Río Magdalena, el cual ha estado subutilizado; así mismo hay que recuperar nuestras líneas férreas, para así diversificar el transporte terrestre y lograr una mayor competitividad comercial.
 Debemos fortalecer los puertos marítimos, para volverlos más eficientes y técnicamente adecuados. En la actualidad se está llevando a cabo la modernización de la superestructura de los puertos.
 Debemos apoyar y continuar este esfuerzo, y preparar a Colombia para la puesta en marcha del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (TLC), y para ser más competitivos frente a MERCOSUR y la Comunidad Andina.
 Igualmente, los procedimientos inherentes al movimiento de mercancías se deben fortalecer, buscando un marco más ágil, con un sistema de trámites más expeditos.


Internacionalización de la Economía
 Cambio Radical impulsará la inserción de Colombia en la economía mundial. Debemos seguir abriendo nuevos mercados para los productos colombianos.
 Apoyamos el TLC con Estados Unidos, siempre y cuando esté de acuerdo a los intereses nacionales. Este instrumento le ayudará a Colombia a lograr un mayor crecimiento económico, y abrirá nuevas oportunidades de empleo, base fundamental para el desarrollo del país.
 Debemos vigilar el desarrollo y aplicación de los tratados internacionales de comercio de los que sea miembro Colombia, para evitar que estos acuerdos impongan restricciones a nuestro comercio con base en argumentos ambientales y para lograr que actúen a favor de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.
 Avanzar en la adopción de un Plan Nacional de Actualización Tecnológica y de maquinaria para el campo y la industria.
 Otorgar créditos a las empresas exportadoras, a través de un sistema financiero que utilice tasas de interés subsidiadas.
 Aumentar la oferta exportable identificando los bienes susceptibles de ser exportados mediante la agrupación de empresas que logren una mayor calidad de sus productos, mayor producción y por ende, mayor competitividad.

Política de hidrocarburos:
 Abogamos por la creación de una nueva Agencia Central de Energía, ente técnico que tendría la función de coordinar, planear, y liderar las entidades adscritas y vinculadas en materia de energía, cuya responsabilidad sea fortalecer, mejorar, y trabajar por el buen diseño y utilización de los recursos energéticos renovables y no renovables, preservando la viabilidad de su explotación y participación en la economía.
 Esto implicaría la reestructuración del Ministerio de Minas y Energía.
 Racionalizar el consumo de combustible, fomentando fuentes alternativas de energía, como la utilización del gas natural para el transporte masivo.
Ampliar las alternativas tecnológicas de la electrificación rural, considerando la autogeneración de energía con energía solar, eólica, pequeñas centrales hidroeléctricas y sistemas hídricos.



3. estado de derecho
La visión de Cambio Radical es la de una Colombia fortalecida, con instituciones democráticas sólidas, eficientes y transparentes. Abogamos por un Estado Moderno que pueda ofrecerles a todos los ciudadanos un desarrollo humano integral, en un ambiente justo, seguro y de respeto a las leyes y el ejercicio pleno de los derechos humanos y las libertades individuales. Una institucionalidad democrática con independencia de los poderes, y con un poder judicial fuerte y diligente en sus actuaciones.
Propiciaremos el desarrollo óptimo de las políticas de descentralización territorial, para que las autoridades locales se fortalezcan y haya una mayor participación de las organizaciones sociales regionales.

Transparencia:
 La corrupción es una amenaza a la seguridad del Estado, ya que facilita el crimen y el terrorismo, y a la vez obstaculiza el desarrollo económico y democrático del país.
 Para Cambio Radical, incrementar la transparencia y eficiencia del Estado es una meta prioritaria.
 Fortalecer y hacer efectivo el control interno de las entidades públicas.
 Lograr que las decisiones gubernamentales estén abiertas al escrutinio público.
 Proponer veedurías ciudadanas eficaces.

Justicia:
 Colombia debe organizarse jurídicamente. En la actualidad existe un gran desconocimiento y proliferación de normas. El partido Cambio Radical apoya la iniciativa del estudio que adelantan los diferentes ministerios e instituciones públicas de las normas existentes vigentes que les son aplicables, con el fin de evitar su dispersión y contradicción. Esto con miras a ordenar y unificar la normativa vigente y ofrecer una mayor seguridad jurídica a los ciudadanos, y a los inversionistas extranjeros.
 De la misma manera, abogamos por una mayor presencia de un ordenamiento judicial en los rincones más apartados del país. En algunos municipios no existen juzgados en la actualidad. Todos los colombianos deben tener un acceso fácil a la justicia, sin necesidad de desplazarse grandes distancias para buscar donde resolver las diferencias por la vía jurídica. La carencia de juzgados alienta el uso de la violencia como instrumento para definir las diferencias. Esto debe ser resuelto.
 Cambio Radical respalda el nuevo sistema acusatorio puesto en marcha en el 2005. Este sistema debe cumplir con el objetivo de acabar con la impunidad y defender un estado social de derecho contra la delincuencia y criminalidad.
 Por último, buscaremos mecanismos que nos ayuden a acelerar los procesos judiciales, a cumplir los términos señalados en la ley para la toma de decisiones para evitar la congestión, y propiciar una mayor exigencia en el cumplimiento de las labores de los funcionarios judiciales, para que sean más productivos y eficientes.

Seguridad Democrática
El Estado tiene la obligación de velar para que todos los ciudadanos puedan gozar tranquilamente de sus derechos y libertades. Salvaguardar la seguridad pública es responsabilidad primaria del Estado. Proteger y garantizar la libertad, integridad física y el patrimonio de la población son las bases para un desarrollo sólido en lo económico, político y social.
 El tráfico de drogas y la delincuencia organizada representan una de las principales fuentes de inseguridad para la sociedad y una amenaza a las instituciones.
 Consideramos que el narcotráfico bajo ninguna circunstancia es un delito político. Por eso mismo estamos comprometidos con la rápida aplicación de la extinción de dominio de los bienes del narcotráfico.
 Cambio Radical apoya la Política de Seguridad Democrática que plantea una estrategia que comprende el control del territorio nacional y la defensa de la soberanía, el fortalecimiento de la fuerza pública, la lucha contra las drogas ilícitas, el fortalecimiento de la justicia, la protección de los derechos humanos y la presencia del Estado en las zonas de conflicto.
 Evaluaremos los resultados del Plan Colombia, y trabajaremos para lograr el apoyo de otros países y así ampliar la cooperación internacional frente al conflicto armado colombiano.
 Cambio Radical trabajará conjuntamente con el gobierno de los Estados Unidos por un enfoque que incluya programas de desarrollo social, la promoción de alternativas de sustitución de cultivos, y la consolidación de la democracia.
 El combate a la delincuencia debe tener como base la acción preventiva, con una presencia policial eficiente y organizaciones vecinales participativas que denuncien y vigilen el comportamiento de sus vecinos.
 Es importante fortalecer los mecanismos de acción legal para reducir la impunidad.
 Cambio Radical considera que la violencia no es un mecanismo aceptable para lograr el cambio social.
 Apoyamos una Ley de Justicia y Paz con penas justas para los implicados o para las partes afectadas.
 Apoyamos el intercambio humanitario siempre y cuando las fuerzas al margen de la ley renuncien en forma definitiva al secuestro y a la violencia como instrumento de lucha política.
Ordenamiento territorial:
 Impulsaremos el proceso de descentralización previsto en la Constitución de 1991. Para esto, debemos apoyar la promulgación de la Ley de ordenamiento territorial, con el fin de que las entidades territoriales tengan la autonomía de planificar su propio desarrollo, y puedan asumir ciertas funciones que hoy en día están en cabeza del poder central.
Los departamentos deben tener una administración especializada en tareas de alta complejidad, y dejar a los municipios los temas de carácter local.
 Introduciremos reformas a las asambleas departamentales, de conformidad con las competencias que vayan asumiendo los respectivos departamentos en procesos concertados con la nación.
 Cada departamento deberá tener su propio estatuto, teniendo en cuenta sus condiciones demográficas y su grado de desarrollo económico.

4. RELACIONES INTERNACIONALES:
Colombia debe seguir manteniendo los principios básicos de política exterior que han caracterizado el comportamiento del país en el ámbito internacional tradicionalmente: el respecto por el derecho internacional, la búsqueda de soluciones pacíficas a las controversias, el multilateralismo, y la integración regional.
La política exterior en los últimos años ha sido reflejo principalmente del objetivo de fortalecer la seguridad democrática colombiana. Estados Unidos ha sido el principal aliado de Colombia en esta lucha. Cambio Radical mantendrá estas buenas relaciones con Estados Unidos, pero también, trabajaremos con miras a diversificar nuestras relaciones diplomáticas y comerciales, estrechando los vínculos con nuestros países vecinos y mirando hacia Europa y el Asia. Esto nos dará un campo de maniobra más amplio, que nos ayudará a insertarnos de manera positiva en el escenario internacional.
 La inserción del país en el exterior implica la armonización de las prioridades internas con las externas. Es decir, debemos proyectar una comprensión de la comunidad internacional respecto a los intereses de Colombia.
 Cambio Radical cree en la inserción positiva de Colombia en el escenario internacional, a través del diseño de estrategias novedosas para insertar positivamente al país en la economía internacional y para garantizar condiciones de desarrollo sostenible y de bienestar.
Creemos en la necesidad de establecer mecanismos de diálogo, concertación y cooperación tanto a nivel bilateral como multilateral, que apoyen el desarrollo económico de Colombia y le permitan enfrentar desafíos de orden internacional, sobre todo en el diseño de una estrategia para enfrentar el terrorismo, el narcotráfico, la corrupción, el comercio, la migración.
Para insertarse de manera positiva en el escenario internacional, es necesario una profesionalización del servicio exterior y un fortalecimiento de la Academia Diplomática.
 Cambio Radical apoya el proceso de negociación de un TLC con Estados Unidos. Sin embargo, creemos en la necesidad de diversificar nuestra agenda comercial, y mirar más atentamente a nuestros vecinos de América latina. Debemos fortalecer los lazos comerciales con la Comunidad Andina de Naciones y con MERCOSUR. Así mismo, en materia comercial Colombia debe estrechar sus vínculos con los países de Centroamérica, el Asia, especialmente China y la Unión Europea.
Cambio Radical se compromete a luchar de manera contundente ytransparente con organismos internacionales para proteger los derechos humanos de los colombianos.

5. medio ambiente
La conservación de nuestro medio ambiente es condición básica para el desarrollo económico de Colombia. Este desarrollo solo es posible si se considera responsablemente la necesaria interacción de los ámbitos económico y social con el medio ambiente y con los recursos naturales. Un medio ambiente sano es un derecho básico de todos los ciudadanos. Trabajaremos para que se de cumplimiento cabal a este derecho, y para que la ciudadanía se comprometa a proteger nuestros recursos.
 Cambio Radical impulsa el fortalecimiento de los instrumentos normativos existentes para la protección y utilización sustentable de los recursos naturales y estamos conscientes de que es necesario promover una gestión ambiental integral y descentralizada.
 Contrarrestar la deforestación mediante procesos de reforestación con especies adecuadas, educación a nivel de colonos y campesinos sobre la importancia del bosque y medidas policivas cuando éstas sean necesarias.
 Apoyamos la continuación de la erradicación de cultivos ilícitos, incluyendo la aspersión aérea. Proponemos introducir la destrucción manual masiva de cultivos ilícitos, recurriendo a obra de mano de miles de desplazados, reinsertados y desmovilizados. Poner en marcha y fortalecer el sistema de recompensas propuesto por el gobierno nacional.
 Aplicar estrictamente las guías expedidas por el gobierno nacional para la clasificación, priorización y ordenamiento de cuencas hidrográficas. Esto conduciría a la recuperación de los suelos, bosques, aguas y biodiversidad y al aumento de la productividad de estos importantes ambientes biogeográficos.
Fortalecer el Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia mediante el incremento de su superficie y la protección necesaria, incluyendo la asignación de suficiente personal.
 Adelantar un programa nacional coherente de descontaminación de aguas, recurriendo en lo posible a soluciones autóctonas.
 Continuar y fortalecer los programas educativos y de investigación relacionados con los recursos naturales renovables y el medio ambiente.

HIMNO
Artículo principal: Himno del Partido Radical Social Demócrata
El himno del partido ha sido adoptado por el mismo en 1994, año de su fundación. Cabe advertir que la letra es casi idéntica al del himno de antiguo partido radical. Se desconoce los autores de la obra. En negrita, lo que dice en la letra de la obra, para distinguirlo del anterior.
Salud compañeros
de un mismo ideal,
hagamos un brindis
de fraternidad.[1]
Unos en la idea
unos en la acción,
abierta a la izquierda
sobre el corazón.
Cantemos confiados
en el porvenir
de nuestro partido[2]
triunfante por fin.
Somos radicales
y socialdemócratas
hemos heredado
un noble ideal.[3]
Por la sombra augusta
de los grandes hombres,
con sus dulces nombres
de madre y hogar.
Por lo más sagrado,
por lo más querido,
por el no extinguido
fuego de la fe.
Por el gran partido
de los ideales,
de los militantes,
del PRSD.[4]

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